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mayo  3, 2024

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Federalismo y facultades concurrentes -Comentario al fallo “Neuquén c/ Estado Nacional -Instituto Nacional de Asuntos Indígenas -sobre impugnación de actos administrativos”, de CSJN-

Por Roberto Antonio Punte

“… el fallo haya debido precisar que "las atribuciones del INAI en relación con la personería jurídica de las comunidades deben ser ejercidas con… la precaución de preservar el espacio necesario para el ejercicio de las atribuciones de las provincias en la órbita de su propia jurisdicción”. Por otra parte, destacó que en la anterior ley 23.302 estaba definido un "mandato legal de coordinación, lo que obliga a tomar en cuenta el conocimiento y conformidad de la provincia cuyo territorio se encuentra asentada la agrupación requirente”. De ahí que sea trascendente la definición de que "los estados provinciales cuentan con legitimación activa para reclamar en juicio la invalidez de actos (de la administración central) que vulneran atribuciones y poderes inherentes a su autonomía política, de acuerdo con la distribución de competencias establecida por el régimen constitucional federal. El conflicto genera una "causa" o controversia en los términos de la Constitución.”

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Términos mencionados en esta doctrina: atribuciones, federalismo, jurisdicción, coordinación, provincial, gobierno.

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